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La
Cuenta General de un Ayuntamiento es el documento final de un
ejercicio, sometido a la consideración del Pleno para su aprobación o
no, y en el que deben aparecer todas y cada una
de las entradas y salidas de dinero que ha habido durante ese año. Y no
solamente eso, sino que justificando cada uno de esos movimientos
contables debe existir un comprobante necesariamente adaptado a la normativa vigente.
Es
decir, que la Cuenta General de cada ejercicio presupuestario es algo
así como el TAC definitivo de la "salud económica" de un Ayuntamiento.
Conociendo la Cuenta General podemos saber si el
Ayuntamiento ha cumplido con sus obligaciones contraídas (originales de
facturas que se han pagado, listado de subvenciones concedidas, pagos
efectuados por labores de mantenimiento en nuestras calles y plazas, por mejoras en las zonas públicas -polideportivo, piscina, canchas, Colegio, Parc de la Llum-, etc. etc.)
En la Cuenta comprobaremos también la relación de todo el personal que cobra del Ayuntamiento: cuánto cobran y por qué conceptos.
Pero la Cuenta General no solamente nos informa de cómo ha gastado el dinero el Ayuntamiento, sino también nos aclara de dónde, y en qué cantidad
lo ha recibido (relación de subvenciones y ayudas recibidas, relación
de personas y entidades que pagamos nuestros impuestos y nuestra tasas;
créditos bancarios que se han pedido, intereses que se pagan), etc.
etc.; y además la Cuenta General demuestra si el uso que se le ha dado
al dinero ha sido realmente aquel al que se comprometió cuando elaboró
el Presupesto.
Toda esta información, entre otras, es la que conforma la Cuenta General. El manejo de los dineros públicos ha de cumplir inexcusablemente con
los aspectos que la Ley regula para estos casos, y de ello ha de
responsabilizarse quien firma cada uno de los movimientos que puede
haber en un Presupuesto: el Alcalde y su Concejal de Hacienda. Así pues, la
Cuenta General es la documentación en la que se explica cuál es el
estado económico del Ayuntamiento a 31 de diciembre. Refleja, entre
otros datos, los siguientes:
- Dinero que tiene pendiente de cobrar el Ayuntamiento (deudores)
- Dinero que tiene pendiente de pagar el Ayuntamiento (acreedores)
- Valor del patrimonio municipal
Correspondiente a cada año, explica si se ha cumplido lo previsto en el presupuesto aprobado:
- Cuántos ingresos realmente ha habido (lo que se recibe de la Administración Central y Autonómica, lo que nos cobra a los vecinos, etc.), y a qué son debidos (fondo nacional, fondo autonómico, impuestos, subvenciones, etc.)
- Cuánto se ha gastado en cada servicio (limpieza viaria, jardinería, basuras...), y en las actividades que pueda promover (cultura, educación, alumbrado, administración...) distinguiendo si son gastos de personal, materiales, suministros, inversiones...
El
Alcalde debe informar de la Cuenta General, primero, a los demás
miembros de la Corporación y, después, debe someterla a información
pública de todos los que estén interesados (vecinos de Rocafort,
deudores y acreedores...)
Los
Concejales no sólo pueden ver los libros de contabilidad sino que,
además, tienen derecho a ver los documentos que justifican cada cobro y
cada pago (facturas, certificaciones de obras...) y cuantos otros
consideren convenientes (extractos de las cuentas bancarias, cuentas
del recaudador, etc).
En defintiva, puesto que el dinero es público, con la Cuenta General el gobierno municipal debe demostrar que se ha administrado correctamente.
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